El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca destacó que la producción orgánica en el país se extiende a unas 4 millones de hectáreas en todas las regiones del país, con un registro de 1269 operadores en el sector (entre productores primarios, elaboradores y comercializadores). En cuanto a la representatividad territorial, el 33% corresponde a Patagonia; 22% a la región pampeana; 19% a Cuyo; 14% al NOA y 11% al NEA.
“Trabajamos con el propósito de poner a disposición de todos los productores las herramientas con las que cuenta el ministerio en materia de certificaciones, asesoramiento y establecimiento de redes con otras instituciones públicas y privadas para seguir potenciando al sector”, expresó el ministro Luis Basterra con motivo de conmemorarse el Día Nacional de la Producción Orgánica declarado en 2007 por la Ley 26.295.
“La producción orgánica entra plenamente dentro de los lineamientos de agregar valor y aumentar las exportaciones”, destacó el titular de la cartera agropecuaria nacional. Vale destacar que nuestro país exporta productos orgánicos a 56 destinos, por un valor promedio de U$S 700 por tonelada. Los principales productos exportados son industrializados (azúcar de caña, harina de soja, vino y sidra); frutas (arándanos, peras y manzanas; cereales (trigo, arroz integral) y oleaginosas (soja y chía). Los principales destinos hoy son Estados Unidos y Unión Europea.
Sobre la producción orgánica
La producción de alimentos orgánicos es un sistema basado en un manejo holístico e integrado de los recursos, para producir de manera sostenible. En el caso del sector alimentario, brinda productos sin restos de agroquímicos ni organismos genéticamente modificados, dado que los excluye expresamente, tanto en su materia prima (campo) como en su procesamiento.
Este sistema productivo busca cuidar el ambiente y la salud de los consumidores, garantizando atributos de calidad a partir de la certificación y trazabilidad. En este sentido es importante que los productos lleven el logo de la certificadora y el isologo oficial “Orgánico Argentina”, cuyo uso es obligatorio.
En Argentina están regulados por la Ley 25.127 (1999), sus Decretos reglamentarios y en especial la Resolución SENASA 374/2016. El sistema está homologado con UE, Suiza y Japón.