Según detalla un artículo publicado por el matutino uruguayo El Observador, la magistrada consideró que, aunque las partes habían firmado un “contrato de arrendamiento de servicios”, los hechos demostraron subordinación, ajenidad y dependencia económica.
El Juzgado Letrado del Trabajo de 7° Turno de Montevideo determinó la existencia de una relación laboral entre un repartidor y la empresa PedidosYa. La resolución, dictada por la jueza Elena Salaberry, constituye el primer fallo en Uruguay que reconoce la dependencia en el modelo de reparto a través de plataformas digitales.
El tribunal entendió que la empresa ejercía poder de dirección mediante medios tecnológicos, a través del sistema de ranking que regula horarios, acceso a turnos y nivel de ingresos. Según la sentencia, ese mecanismo constituye una forma de “subordinación algorítmica”.




