La discusión por la propiedad extranjera de la tierra rural regresó al centro de la agenda política argentina. Un fallo reciente de la Corte Suprema dejó nuevamente operativo el artículo 154 del DNU 70/2023, con el que el Gobierno de Javier Milei derogó la Ley 26.737. Esa norma, sancionada en 2011, establecía un límite del 15% para la titularidad o posesión extranjera de tierras rurales y agregaba restricciones por nacionalidad y por titular.
El máximo tribunal no resolvió si la derogación mediante un decreto de necesidad y urgencia es constitucional. Revocó el fallo de una instancia inferior por una cuestión procesal: entendió que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata, impulsor de la demanda, no tenía legitimación para plantear el caso colectivo. El efecto práctico, sin embargo, fue inmediato: cayó la medida que mantenía frenado ese artículo del DNU y se reabrió una batalla que ahora busca llegar al recinto de la Cámara de Diputados.
Joaquín Ojeda, diputado nacional de La Libertad Avanza por la provincia de Buenos Aires, defendió la posición oficialista en una entrevista con Palabra de Campo. “Se está hablando de que esta derogación va a hacer que venga un jeque extranjero a comprarse una provincia. Estamos hablando en términos absurdos sobre una cuestión que hay que manejar con sentido común”, afirmó.
La inversión como argumento central
El eje de la defensa de Ojeda pasa por el derecho de propiedad y la necesidad de captar capitales. Según planteó, un propietario debería poder venderle su campo a una persona o empresa extranjera sin que esa operación sea presentada automáticamente como una pérdida de soberanía.
“Es simplemente que una persona pueda disponer de su propiedad y vendérsela a un extranjero. En este caso podría ser para inversiones, porque lo que necesita Argentina son inversiones”, sostuvo. Para el legislador, la discusión pública quedó atravesada por imágenes extremas que no representan el funcionamiento real del mercado de tierras.
La Ley 26.737 no prohibía todas las compras extranjeras. Fijaba un techo nacional del 15%, replicado en cada provincia, municipio o división administrativa equivalente, y limitaba además la superficie que podía quedar en manos de personas de una misma nacionalidad. También establecía restricciones sobre inmuebles que contuvieran o fueran ribereños de cuerpos de agua relevantes y sobre zonas de seguridad de frontera.
El Gobierno intentó modificar ese esquema también por vía legislativa. Una propuesta incluida en el proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada buscó primero eliminar las limitaciones y después elevar del 15% al 25% el máximo de tierras rurales en manos extranjeras. Ese capítulo no consiguió respaldo suficiente y fue retirado.
Ojeda recordó esa alternativa para mostrar que dentro del oficialismo existió una posición intermedia. “Quizás mediante un estiramiento del límite, porque el capítulo que tenía la ley de inviolabilidad de la propiedad privada iba a llevarlo del 15% al 25%, que es el límite que tiene Brasil”, señaló. Aun así, aclaró que tampoco consideraría problemática una apertura total.
Soberanía y propiedad, dos conceptos en disputa
El argumento más sensible de quienes rechazan la derogación se relaciona con el control territorial y los recursos naturales. El debate se intensifica cuando las operaciones involucran áreas fronterizas, grandes extensiones, fuentes de agua o zonas con valor ambiental y estratégico.
Ojeda rechaza que la nacionalidad del dueño cambie la soberanía del Estado sobre el territorio. “La gente no se puede creer que un título de propiedad equivale a soberanía. Es como que yo, en mi propio terreno, en mi casa, pueda fundar mi propio país”, dijo.
La posición opositora sostiene que la tierra no puede analizarse como un activo equivalente a cualquier otro y que el límite constituye una herramienta preventiva. Tras el fallo, distintos bloques comenzaron a impulsar una sesión para tratar el DNU 70/2023 en Diputados. El decreto ya había sido rechazado por el Senado, pero para dejarlo sin efecto también necesita el rechazo de la Cámara baja.
Ojeda anticipó que la discusión será difícil. “Es una sesión que está pedida; después veremos si realmente se junta el quórum”, explicó. También cuestionó que el debate se concentre solamente en la Ley de Tierras, porque un eventual rechazo alcanzaría al conjunto del DNU y reabriría regulaciones derogadas o modificadas sobre alquileres, abastecimiento y góndolas, entre otras materias.
Una discusión que excede al mercado rural
La entrevista avanzó luego hacia la situación económica y el clima político previo a las elecciones de 2027. Para Ojeda, la continuidad del programa oficial resulta decisiva para que las inversiones proyectadas terminen concretándose.
“Estamos en un proceso de transición, de transformación de la economía y, por supuesto, queda mucho trabajo por hacer”, reconoció frente a las dificultades que todavía atraviesan muchas familias. En su balance mencionó la baja de la inflación y la continuidad del superávit fiscal como señales que, a su criterio, muestran que “el rumbo es el correcto”.
El diputado también respaldó las expectativas oficiales sobre 2028, aunque condicionó ese escenario al resultado electoral del próximo año. “Una vez superado ese escollo, creo que 2028 va a venir con inversiones nuevas, va a entrar dinero del RIGI y hay un escenario muy optimista”, afirmó.
Para el sector agropecuario, la controversia por la Ley de Tierras combina dos discusiones distintas. Una se refiere a la capacidad del país para atraer capital, facilitar operaciones y defender el derecho de los propietarios. La otra pregunta qué resguardos debe mantener el Estado sobre un recurso limitado, territorial y estratégico.
El fallo de la Corte no cerró ese debate de fondo. Apenas modificó el escenario procesal y trasladó nuevamente la presión al Congreso. Si la oposición reúne quórum y consigue rechazar el DNU en Diputados, la discusión volverá a cambiar. Si no lo logra, la derogación seguirá operativa y el Gobierno habrá conseguido por vía judicial el margen que no pudo consolidar mediante una nueva ley.



