Sueldo Empleados de Comercio cuánto cobran en abril 2026 tras el aumento y el bono récord

El entendimiento alcanzado entre el sindicato que conduce Armando Cavalieri y la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA) establece un incremento salarial del 5%.

Empleados de Comercio tendrá aumento de sueldo a partir de abril de 2026. La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias del sector cerraron un nuevo acuerdo paritario que regirá los próximos tres meses.

El convenio también contempla la continuidad de un esquema de monitoreo permanente sobre la situación económica. El objetivo es evaluar la evolución de los precios y evitar que los salarios queden rezagados frente a la inflación durante el primer semestre del año.

El aumento se distribuirá de forma escalonada: 2% en abril, 1,5% en mayo y otro 1,5% en junio. Además, se pactó el pago de un bono extraordinario de $120.000 que alcanzará a los trabajadores de todas las categorías.

En esa línea, el dirigente sindical sostuvo que el gremio buscó “acompañar la realidad actual de las empresas”. La meta es preservar las fuentes de trabajo sin dejar de proteger el ingreso de los 160.000 trabajadores que representa la federación.

Qué dijo Cavalieri sobre el acuerdo salarial de Comercio

El secretario general de FAECYS destacó que el acuerdo fue posible gracias a un “diálogo maduro y responsable” entre las partes. “Somos plenamente conscientes de la difícil situación que atraviesa la economía y que impacta directamente tanto en el bolsillo de los trabajadores como en la operatividad de las pymes y los comercios de cercanía”, afirmó.

Cómo se aplica el aumento del 5% en los sueldos

El incremento remunerativo del 5% se calculará sobre las escalas básicas del CCT 130/75 vigentes a marzo de 2026. La base de cálculo incluye el básico más las sumas no remunerativas, que totalizan $100.000.

Cavalieri subrayó que el acuerdo aporta “previsibilidad para transitar estos meses con certidumbre jurídica”. La cláusula de revisión prevista para junio de 2026 permitirá a cualquiera de las partes convocar a una nueva reunión para analizar las escalas salariales y las sumas frente a las variaciones económicas.

  • 2% a partir de abril 2026
  • 1,5% a partir de mayo 2026
  • 1,5% a partir de junio 2026

Este aumento se aplicará sobre los básicos convencionales de marzo de 2026 más las sumas no remunerativas vigentes a esa fecha. El monto de referencia para el cálculo es de $100.000.

El escalonamiento quedó definido así:

La primera suma corresponde a la prórroga de conceptos anteriores: se mantienen $40.000 y $60.000 hasta junio de 2026. Estas sumas se extinguen mes a mes, excepto los últimos $100.000 de junio que se incorporan a los básicos en julio de 2026.

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Qué conceptos no remunerativos aparecen en los recibos de abril a junio

El acuerdo establece dos tipos de sumas fijas no remunerativas que aparecerán en los recibos de sueldo. En total, las sumas no remunerativas alcanzan los $120.000 por mes durante el trimestre abril-junio 2026.

La segunda suma es adicional: $20.000 por mes en abril, mayo y junio de 2026. Esta suma no es acumulativa y también se extingue mes a mes, excepto los últimos $20.000 de junio que se incorporan a los básicos en julio.

El concepto en el recibo aparecerá como “Incremento No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026”.

Para qué se toman en cuenta estas sumas no remunerativas

Aunque no generan aportes ni contribuciones a la seguridad social, estas sumas sí se consideran para calcular varios conceptos importantes. Se toman en cuenta para presentismo (artículo 40 del CCT 130/75) y antigüedad (artículo 24).

Este concepto figurará como “Recomposición No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026”.

Sin embargo, hay tres excepciones donde sí generan aportes y contribuciones:

También impactan en el cálculo del SAC, las indemnizaciones por despido incausado, las horas extras y las vacaciones.

Cuánto aumenta la contribución solidaria a OSECAC

El acuerdo también modifica la contribución adicional solidaria con destino a OSECAC. La contribución que era de $8.500 pasa desde abril a $28.000 mensuales por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75.

  • Aportes y contribuciones a OSECAC
  • Aportes de los trabajadores previstos en los artículos 100 y 101 del CCT 130/75
  • Aportes al INACAP

Para trabajadores con jornada reducida, tiempo parcial, tareas discontinuas o ausencias injustificadas, los montos se liquidan en forma proporcional a la jornada laboral.

La vigencia de esta contribución se extiende por todo el plazo del presente acuerdo colectivo.

Este monto se abona mientras el trabajador mantenga el contrato vigente. Debe declararse e ingresarse a OSECAC dentro de los 10 días posteriores al vencimiento de cada mes.

Las partes acordaron una reunión de revisión en junio de 2026. Cualquiera de las partes puede solicitarla para analizar escalas y sumas frente a variaciones económicas.

Hasta cuándo rige el acuerdo y qué pasa con los adicionales por empresa

El convenio tiene una vigencia extendida: desde el 1 de abril de 2026 hasta el 31 de marzo de 2031. Son cinco años de ultraactividad de las cláusulas del CCT 130/75 y los acuerdos posteriores.

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El acuerdo también incluye una recomendación para las empresas que pagan suplementos fijos por encima del CCT 130/75. Se sugiere que negocien su adecuación tomando como referencia los incrementos del presente acuerdo.

El compromiso establecido indica que cualquier aumento futuro será no remunerativo y no acumulativo.

Tampoco podrán absorberse las bonificaciones o gratificaciones como las de fin de año o navidad.

Qué rubros no pueden absorberse con el nuevo aumento

El convenio establece claramente qué conceptos no podrán ser absorbidos ni compensados. Entre ellos figuran los incrementos sectoriales previos al acuerdo.

Si el Estado dicta alguna norma que otorgue incrementos, bonos o sumas, se absorberán mediante negociación colectiva.

Sin embargo, sí podrán ser absorbidos hasta su concurrencia los importes otorgados unilateralmente por empleadores desde el 1 de diciembre de 2025.

Maestranza:

Cómo quedan las escalas salariales de Comercio desde abril

Las nuevas escalas salariales estimadas para abril de 2026 incluyen el básico más las sumas no remunerativas. A todos los valores se suman $100.000 de incremento no remunerativo y $20.000 de recomposición no remunerativa.

  • Administrativo A: $1.090.613
  • Administrativo B: $1.095.297
  • Administrativo C: $1.099.977
  • Administrativo D: $1.114.022
  • Administrativo E: $1.125.724
  • Administrativo F: $1.142.889

Cajeros:

  • Maestranza A: $1.078.911
  • Maestranza B: $1.082.029
  • Maestranza C: $1.092.951

Administrativo:

  • Personal Auxiliar A: $1.094.513
  • Personal Auxiliar B: $1.102.315
  • Personal Auxiliar C: $1.128.065

Auxiliar especializado:

  • Cajeros A: $1.094.513
  • Cajeros B: $1.099.977
  • Cajeros C: $1.107.000

Personal auxiliar:

  • Vendedores A: $1.094.513
  • Vendedores B: $1.117.925
  • Vendedores C: $1.125.724
  • Vendedores D: $1.142.889

Qué pasa con los empleados de Comercio en Tierra del Fuego

El acuerdo establece una excepción para la provincia de Tierra del Fuego. Los incrementos no son vinculantes para acuerdos salariales en Río Grande.

  • Auxiliar especializado A: $1.103.879
  • Auxiliar especializado B: $1.117.922

Vendedores:

Se reitera el compromiso del acuerdo de 28 de mayo de 2019 de convocar a las partes locales para evaluar adicionales zonales.

Sin embargo, constituyen el mínimo convencional que debe respetarse en esa jurisdicción.

Una vez homologado el acuerdo, esos anticipos se compensan con los rubros definitivos. Este mecanismo garantiza que los trabajadores cobren en tiempo y forma aunque el trámite de homologación demore.

Cuándo se homologa el acuerdo y cómo se pagan los anticipos

Las partes solicitaron la homologación ante la Secretaría de Trabajo de la Nación. Si hubiera vencimientos de plazos antes de la homologación, los empleadores abonarán con la mención “Pago anticipado a cuenta”.

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