Corte Suprema cambia normas sobre venta de tierras a extranjeros y descarta ola de inversiones

El máximo tribunal dejó vigente la derogación de la Ley de Tierras; los operadores inmobiliarios rurales consideran que es un paso importante, pero advierten que todavía existen otros obstáculos para que lleguen capitales extranjeros

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La Corte Suprema rechazó el planteo del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) contra el artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley 26.737 conocida como Ley de Tierras. Con esa decisión la sala dejó sin efecto el fallo de la Cámara Federal de La Plata que había frenado la derogación y confirmó que no existe actualmente una ley específica que limite la compra de tierras rurales por extranjeros.

La Ley de Tierras, sancionada en 2011, imponía topes y requisitos para la adquisición de suelos rurales por parte de extranjeros con el objetivo de proteger el dominio nacional. La derogación reabre el debate sobre la regulación futura, pero no garantiza por sí sola una llegada masiva e inmediata de capitales a la producción agropecuaria argentina.

El fallo fue recibido con satisfacción por operadores del mercado inmobiliario rural que lo interpretan como un alivio regulatorio. Sin embargo, especialistas consultados por este medio advierten cautela y subrayan que existen otras barreras estructurales que condicionan las decisiones de inversión.

Juan José Madero, director de la División Campos de LJ Ramos Brokers, explicó que la resolución no sorprendió porque la Corte estimó que el reclamo carecía de legitimación para promover la acción colectiva. Madero señaló que Argentina cuenta con suelos y condiciones agroecológicas de alta calidad, pero que el factor limitante sigue siendo la confianza y la previsibilidad institucional.

Según Madero, aunque ya no hay una norma específica que restrinja la venta de tierras a extranjeros, el impacto en el mercado será gradual y “no repercute inmediatamente”. El consultor añadió que otras variables como el riesgo país y el cepo para personas jurídicas continúan siendo obstáculos relevantes para grandes inversiones.

El país mantiene un riesgo país que supera los 600 puntos básicos, muy por encima de los 200 puntos básicos que suelen buscar los fondos para ejecutar inversiones de riesgo. Además persiste un cepo cambiario para las personas jurídicas que dificulta el ingreso de grandes montos y la repatriación de utilidades.

Qué cambió con la decisión de la Corte

La Corte dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido la derogación del artículo 154 del DNU 70/2023, lo que implica que la Ley 26.737 ya no rige en lo que respecta a la restricción de ventas de tierras a extranjeros. En la práctica, esto significa que por ahora no existe un régimen específico que impida adquisiciones, aunque quedan abiertas vías políticas y judiciales para una nueva regulación.

Mariano Maurette, responsable de Campos en Álzaga, Unzué y Cía., contó que el fallo generó consultas y “teléfonos calientes” entre compradores y vendedores, pero aclaró que la decisión constituye apenas un comienzo. Maurette expresó que la oferta de tierras es limitada y que muchos precios ya reflejaron los ajustes esperados, por lo que no se prevén saltos significativos en el corto plazo.

En la actualidad, los operadores no observan una “catarata” de pedidos de compra por parte de extranjeros, según Maurette, lo que refuerza la idea de que la derogación no disparará la demanda de inmediato. Para varios expertos, la continuidad de las políticas económicas y la seguridad jurídica pesan más que la ausencia de la prohibición formal.

Obstáculos que siguen frenando la inversión

Entre los factores que aún desalientan el capital externo aparecen la falta de crédito de largo plazo, la presión impositiva, la volatilidad política y las restricciones cambiarias que complican girar utilidades. Madero y Frenkel Santillán destacaron además la necesidad de instrumentos financieros accesibles y de reglas claras para proyectos productivos, como riego y mejoras de infraestructura.

Roberto Frenkel Santillán, presidente de Bullrich Campos, recordó que la participación extranjera actual en la propiedad rural es reducida, cercana al 5 %, por lo que no representa hoy un problema masivo de tenencia. Sin embargo, advirtió sobre la sensibilidad política ante la posibilidad de compras por parte de estados extranjeros o empresas con participación estatal, escenario que genera resistencia social y visibilidad política.

El contraste regional muestra que la combinación de previsibilidad y reglas claras atrae inversiones, como ocurre en Uruguay y en zonas de Paraguay donde la estabilidad regulatoria fue un factor central. Ese ejemplo regional invita a pensar políticas que combinen apertura con mecanismos de control, transparencia y criterios que protejan intereses estratégicos.

Varios operadores ven en el fallo una oportunidad para que el Congreso discuta una nueva ley que equilibre la apertura a capitales con la protección de intereses nacionales y ambientales. La discusión, advierten los especialistas, debería apoyarse en datos concretos y contemplar tratamientos específicos para adquisiciones de grandes superficies y para inversores con participación estatal.

Mientras tanto, compradores y vendedores evalúan escenarios de corto y mediano plazo en un mercado que se mantiene activo pero cauteloso. La decisión de la Corte Suprema reabre el debate sobre la gobernanza de la tierra en Argentina y pone en manos de la política la tarea de construir reglas que despierten confianza y atraigan inversiones productivas y sustentables.

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