La normativa promulgada en 2016 (Ley 27.279) se refiere al tratamiento de envases vacíos de “fitosanitarios” ―nombre técnico de lo que comúnmente se conoce como agroquímicos―, y establece que es responsabilidad de las empresas fabricantes e importadoras gestionar la recolección y el posterior tratamiento de los envases comercializados.
El sistema de tratamiento regulado por esta ley tiene relación directa con la actividad agropecuaria de la provincia de Buenos Aires. Diferentes cámaras empresariales del agro acercaron su preocupación a los organismos públicos con intervención en el tema ante la inacción en la recolección de envases vacíos, y señalaron los débiles argumentos que dan las asociaciones responsables para deslindarse de sus obligaciones.
Estas organizaciones de productores piden que se aplique la legislación vigente y que actúe el organismo responsable de su ejecución a través de la fiscalización, el apercibimiento y la multa. También señalan que si esta situación persiste la provincia se verá vulnerada ambientalmente.
Las cámaras agropecuarias se definen como “cautivas de esta situación”, y solicitan que se arbitren los medios para que los actores responsables de ejecutar la ley la implementen en su totalidad, y los productores puedan devolver los envases como ya está estipulado.
Los restos de producto que contienen estos recipientes los hacen peligrosos para la salud humana y el ambiente. Cuando no se gestionan adecuadamente, estos envases son enterrados, quemados a cielo abierto, arrojados en basurales destinados a residuos urbanos o en cualquier sitio. En otros casos, son recuperados por acopiadores o tratadores que no se encuentran habilitados y terminan así en circuitos de reciclado de plásticos comunes, lo que genera presencia de agroquímicos en productos elaborados con plástico reciclado como vasos, cubiertos descartables o juguetes.
En 2019 fueron más de 70 las empresas agroquímicas que comercializaron un poco más de 13 millones de envases de plástico (y otros materiales) en el sector productivo agropecuario de la provincia de Buenos Aires. De este volumen total, la cantidad de envases recuperados entre enero y septiembre de 2020 no alcanzó al 5%. A su vez, más de 30 empresas se encuentran en falta por no haber presentado su declaración jurada anual indicando la cantidad de envases de agroquímicos puestos en el mercado provincial en 2019.
La Ley Nacional N° 27.279 es la única ley del país de “Responsabilidad Extendida del Productor”. Obliga a las empresas que venden productos fitosanitarios a organizar, operar, mantener y financiar un sistema de gestión integral de envases. Este sistema debe ser aprobado por la autoridad competente, el OPDS en el caso de la provincia de Buenos Aires. El sistema de gestión (presente en numerosos países de América Latina y el mundo) debe cumplir con los requisitos mínimos de limpieza y almacenamiento de envases establecidos en la Resolución Provincial N°505/2019.
Para cumplir con la normativa las empresas deben formular un plan de gestión integral de los envases, que incluye la construcción y administración de Centros de Almacenamiento Transitorio (CATs), donde se deben recepcionar los envases vacíos de fitosanitarios. Una vez utilizado el fitosanitario en la producción agropecuaria, los envases deben pasar por un proceso de triple lavado, perforado y acopiado en CATs, Nodos Logísticos, o ser guardados hasta que se realice una campaña de recolección en los municipios donde no hay centros de acopio cercanos.
Luego, los envases deben ser retirados por transportes habilitados para enviarse a empresas, también autorizadas, que trabajen en su adecuado tratamiento. Son los denominados “operadores”, que se ocupan de reciclar el plástico utilizándolo para la elaboración de productos (madera plástica, caños cloacales y otros) que no están prohibidos por ley. Los envases que por sus características físicas, su estado o por su utilización con diferentes sustancias no pueden ser reciclados deben ser llevados a disposición final.
Las sanciones
A las empresas que adhirieron a sistemas de gestión e incumplieron reiteradamente los cronogramas y compromisos, se suman otras más de 200 pequeñas y medianas empresas fabricantes e importadoras de productos agroquímicos que no acreditan sistema de gestión alguno, lo que impide a las autoridades tener el registro total de envases comercializados.
El OPDS envió cartas documento a 107 empresas que estuvieron o están adheridas a programas asociativos de recolección y tratamiento de envases, que están siendo infraccionadas por el incumplimiento de la normativa vigente. Luego del descargo que realizaron ante el organismo, se definió el tipo de sanción y el monto de las multas correspondientes según cada caso.
El organismo provincial continuará con el procedimiento para notificar a las más de 200 empresas que no acreditan sistema de gestión. Es la primera vez que se notifica y sanciona a empresas fabricantes e importadoras de fitosanitarios en el territorio nacional.
Con una correcta implementación de un sistema de gestión de envases se previene la contaminación de agua y suelo, se resguarda la salud de trabajadores y productores agropecuarios y de la población en general y se preservan los ecosistemas, mientras se garantiza el normal desarrollo productivo del sector. De esta manera se garantiza una gestión segura de los envases y se contribuye al circuito de recuperación y revalorización de residuos para la elaboración de nuevos productos en base a plástico reciclado.