El Juzgado Federal N 2 de Mendoza dicto una medida cautelar que suspende de forma provisional la implementacion de los cambios en el Certificado de Ingreso de Uva (CIU) y en la Declaracion Jurada Anual de Elaboracion (Formulario CEC 05) previstos por la Resolucion INV 37/2025. Esa suspension implica que, mientras dure la medida cautelar, ambos instrumentos seguiran siendo obligatorios para la vendimia 2026. El resto de las modificaciones introducidas en el Digesto Vitivinicola comenzaran a regir a partir del 1 de enero, salvo las disposiciones relativas al CIU y a las declaraciones juradas, que quedaron paralizadas por la decision judicial.
La accion legal fue iniciada mediante un recurso de amparo presentado por la Union Vitivinicola Argentina (UVA), la Asociacion de Vinateros de Mendoza (AVM), la Asociacion de Cooperativas Vitivinicolas Argentinas (Acovi) y la Camara de Productores Agricolas. En el fallo, el tribunal considero que el reclamo es legitimo y que agrupa derechos de incidencia colectiva e intereses individuales homogeneos. No se trata de una resolucion sobre el fondo del conflicto; la cautelar tiene caracter provisional y estara vigente durante cinco meses, plazo en el cual la Justicia evaluara si la supresion del CIU implicaria una ilegalidad y si genera riesgo de perjuicio grave e irreparable para la industria vitivinicola.
Los demandantes sostienen que el CIU y la CEC 05 son herramientas sustantivas protegidas por normas vigentes, entre ellas la Ley General de Vinos (14.878), la Ley de Contrato de Maquila (25.133) y la Ley de Contratista de Vinas (23.154). Argumentan que la relacion entre productores y elaboradores esta marcada por una fuerte asimetria contractual, y que el CIU representaba un documento bilateral esencial para acreditar cantidad y calidad de la uva entregada. Segun esa postura, la eliminacion del CIU y su reemplazo por declaraciones unilaterales del elaborador o por el Documento de Transito Vegetal (DTV) privarian a los productores de la bilateralidad y del control efectivo necesarios para proteger sus derechos y garantizar trazabilidad.
Entre los efectos concretos que los actores del sector plantearon ante la Justicia figura la posible afectacion del mecanismo para determinar la tarifa sustitutiva de aportes y contribuciones previsionales establecido por la Ley 26.377 de Corresponsabilidad Gremial. Segun las organizaciones, esa alteracion podria influir en la formalizacion del empleo rural y comprometer el interes publico en materia de seguridad social.
El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), por su parte, defendio la legalidad de la Resolucion 37/2025 y presento la iniciativa como parte de una politica destinada a modernizar, desburocratizar y mejorar la eficiencia administrativa del sector. En su argumentacion, el organismo sostuvo que el Estado no debe mantener funciones de garante documental obligatorio de relaciones contractuales privadas, y que la eliminacion del CIU no implicaria la supresion del contrato de maquila ni del derecho de propiedad de los productores, quienes podrian recurrir a otras herramientas para acreditar entregas.
La decision judicial tuvo rapida repercusion entre los distintos actores de la cadena productiva. La Asociacion de Vinateros de Mendoza fue de las primeras en celebrar la medida cautelar. Matias Manzanares, secretario de la AVM, califico la resolucion como un aporte de claridad en un momento decisivo, cuando la cosecha se aproxima. Manzanares enfatizo que la cautelar asegura la obligatoriedad del CIU para la proxima vendimia y sostuvo que la controversia pudo haberse evitado si las voces del sector hubieran sido escuchadas en instancias previas. En el contexto del conflicto, varios referentes del sector vincularon las diferencias con el ministro Federico Sturzenegger, quien habia protagonizado declaraciones que generaron rechazo entre algunos productores; incluso se menciono una comparacion previa de Sturzenegger con la AFA de Claudio “Chiqui” Tapia como antecedente de la tension.
Desde Acovi tambien se expreso conformidad con la medida cautelar. Las cooperativas destacaron su experiencia y el conocimiento del trabajo diario en vinedos y bodegas, y valoraron la decision judicial como una proteccion a la actividad productiva. Diversos comunicados y mensajes en redes sociales defendieron la necesidad de modernizar y desburocratizar los procesos, pero enfatizaron que mantener la obligatoriedad del CIU y del formulario CEC 05 contribuye a asegurar la titularidad de los productores, la trazabilidad de la uva y la informacion necesaria para disenar politicas publicas adecuadas al sector.
En el plano politico, tambien hubo reacciones. Rodolfo Vargas Arizu, ministro de Produccion de Mendoza, senalo que la controversia podria haberse evitado y aseguro haber advertido al ministro nacional sobre la importancia del tema para la vitivinicultura provincial. Desde distintos ambitos se apunto ademas que algunos actores institucionales, incluidos ministerios y agrupaciones del sector, habrian sido ignorados durante la elaboracion de la normativa por parte del INV.
La disputa refleja un choque entre dos enfoques: por un lado, la apuesta oficial por la simplificacion administrativa y la digitalizacion de tramites; por otro, la defensa de instrumentos formales y bilaterales que, segun productores y cooperativas, resguardan derechos, condiciones de entrega y elementos de control esenciales para la cadena de valor. La medida cautelar pone en pausa cambios puntuales del Digesto Vitivinicola hasta que el tribunal analice en profundidad si la eliminacion del CIU y de determinadas declaraciones juradas podria causar danos irreparables a la actividad.
Quedan abiertos diversos interrogantes que deberan resolverse en el proceso judicial: si la eliminacion del CIU resulta contraria a normas especificas que protegen la actividad; si su supresion afecta de manera estructural las garantias de los productores; y si existen alternativas administrativas y contractuales suficientes para preservar la trazabilidad, la formalizacion del empleo rural y la proteccion de derechos sin recurrir a la obligatoriedad que reclamaban las organizaciones. Mientras tanto, la industria afronta la proxima vendimia con la certeza de que, por ahora, el CIU y el formulario CEC 05 seguiran vigentes.





