El Régimen de Incentivo a las Medianas Inversiones (RIMI), previsto en el Título XXIII de la Ley 27.802 y reglamentado en 2026, abre una ventana fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas del sector agropecuario. La normativa —complementada por el Decreto 242/2026 y la Resolución General Conjunta 5849 suscripta por ARCA, la Secretaría de Energía y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca— permite acelerar amortizaciones en el impuesto a las ganancias y solicitar devoluciones anticipadas del crédito fiscal de IVA en determinadas inversiones. La medida busca impulsar modernización productiva, pero su aprovechamiento exige planificación tributaria y técnica.
Cómo funciona el RIMI y quiénes pueden adherirse (requisitos y plazo)
El RIMI está diseñado para empresas que cuenten con el certificado MiPyME vigente al primer día del mes de inicio del ejercicio fiscal en que se efectivice la primera inversión y que estén registradas ante ARCA (Autoridad de Aplicación). La categoría alcanza hasta Mediana Empresa tramo 2; por tanto, excluye a grandes compañías que ya pueden acogerse al RIGI (Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones).
Un aspecto central: el régimen exige montos mínimos de inversión para acceder a los beneficios, pero establece excepciones para determinadas inversiones agropecuarias —como riego, mallas antigranizo, energías renovables y genética animal— que pueden computarse sin tope mínimo y deducirse en una sola cuota. Las inversiones pueden acumularse durante un plazo de hasta dos años para alcanzar el umbral requerido; la conversión a pesos se realiza con el tipo de cambio comprador del Banco Nación del día hábil anterior a la fecha de factura. La ventana para ejecutar inversiones vence el 18 de mayo de 2028, según la reglamentación vigente.
Requisitos operativos y de puesta en marcha
– Contar con Certificado MiPyME activo y registro en ARCA.
– Registrar las inversiones elegibles y cumplir la condición de puesta en marcha: los beneficios se hacen exigibles solo cuando el bien está operativo, no basta con la compra o la facturación.
– No ser simultáneamente beneficiario del RIGI para la misma inversión: la elección entre regímenes es excluyente.
– Evitar activos expresamente excluidos: activos financieros, bienes de cambio y automóviles (las pickups pueden ser consideradas bienes de uso).
Beneficios fiscales: amortización acelerada y devolución anticipada del IVA
El RIMI concentra sus incentivos en dos ejes: la aceleración de la amortización en el Impuesto a las Ganancias y la recuperación más rápida del crédito fiscal de IVA generado por la inversión.
Amortización acelerada en Ganancias
– Bienes muebles amortizables en general: amortización en dos cuotas anuales iguales (50% + 50%). Por ejemplo, un tractor comprado en 2026 se amortiza completamente entre 2026 y 2027.
– Obras productivas: la vida útil fiscal se reduce al 60% de la convencional (una obra con vida útil de 10 años se amortiza en 6).
– Inversiones agro sin monto mínimo (riego, mallas antigranizo, genética y energías renovables): deducción en una sola cuota —es decir, el 100% del costo deducible en el primer ejercicio—, un tratamiento fiscal extraordinario respecto del régimen ordinario.
Efecto sobre la determinación del impuesto
Adelantar la deducción reduce la base imponible de los primeros ejercicios y, en consecuencia, los anticipos de impuesto. En los casos de amortización en dos cuotas, el ahorro efectivo en el impuesto suele ubicarse en torno al 15–17,5% del monto invertido por periodo, mientras que en las inversiones sin tope el beneficio fiscal equivale al impuesto a las ganancias aplicable sobre el monto invertido en el primer ejercicio.
Devolución anticipada del crédito fiscal de IVA
Los créditos fiscales originados por inversiones RIMI pueden solicitar devolución una vez transcurridos tres períodos fiscales mensuales desde el que el crédito resultó procedente. No obstante, la norma fija un tope: la devolución puede cubrir hasta el 50% del cupo anual previsto por el régimen de exportaciones en la Ley de Presupuesto. El tope establecido en la normativa presupuestaria limita el monto disponible para recupero y, en años de alta demanda, puede agotarse rápidamente, por lo que no todos los solicitantes podrán recuperar el total de su crédito en el corto plazo.
Ejemplos prácticos en el agro: impacto en hacienda, riego y mallas antigranizo
Para dimensionar el alcance del régimen en el sector agropecuario, el contador tributario Mariano Echegaray Ferrer —director tributario de AgroEducación— presenta casos representativos que muestran la mejora de caja y la reducción del costo fiscal que implica el RIMI. Tomando esos ejemplos y complementándolos con pautas de uso, se observan los siguientes escenarios:
1) Renovación de hacienda de cría (genética bovina)
– Caso: una pequeña empresa adquiere 15 toros Angus de pedigrí por un valor total de U$S 120.000.
– Tratamiento: las cabezas de ganado son bienes semovientes amortizables incluidos en la categoría sin monto mínimo; la empresa puede deducir el 100% del costo en el ejercicio fiscal 2026.
– Impacto: el ahorro fiscal neto se estima entre el 25% y el 35% del costo de la inversión, según la alícuota efectiva del contribuyente en Ganancias, además de la reducción en anticipos.
2) Tecnificación del riego por pivote
– Caso: una mediana empresa tramo 1 (ejemplo: grupo familiar con 3.000 hectáreas) instala un sistema de riego por pivot por U$S 580.000.
– Tratamiento: el equipo de riego está incluido en la categoría sin monto mínimo y puede amortizarse al 100% en el año de adquisición.
– Impacto: en el ejemplo señalado por Echegaray Ferrer, el ahorro en impuesto a las ganancias sería del orden de U$S 200.000, con la consiguiente mejora de liquidez por menores anticipos. Además, la modernización del riego potencia la productividad y la resiliencia ante variaciones climáticas.
3) Protección de viñedos con mallas antigranizo
– Caso: una bodega de Mendoza (microempresa) invierte U$S 140.000 en mallas antigranizo para 40 hectáreas de varietales.
– Tratamiento: aunque el monto esté fuera del umbral formal para microempresas, las mallas antigranizo integran la lista de inversiones agro sin monto mínimo; la inversión se amortiza al 100% en el primer ejercicio.
– Impacto: el ahorro estimado en Ganancias ronda los U$S 42.000, además de la protección productiva que reduce pérdidas por eventos climáticos extremos.
Planificación fiscal y riesgos a considerar
Los beneficios del RIMI potencian inversiones ya justificadas por criterios productivos, pero no deben emplearse para forzar proyectos que carezcan de retorno técnico o comercial. Entre las recomendaciones prácticas para productores y contadores se destacan:
– Revisar el plan de inversiones a 24 meses y determinar cuáles partidas son elegibles bajo el RIMI.
– Asegurar la vigencia del Certificado MiPyME y la registración ante ARCA antes del inicio del ejercicio fiscal de la primera inversión.
– Documentar y probar la puesta en funcionamiento de los bienes para que los beneficios sean exigibles.
– Tener en cuenta la limitación del cupo de devolución de IVA y considerar alternativas de financiamiento si el recupero se demora.
– Evaluar el impacto en anticipos de Ganancias y en flujos de caja: la amortización acelerada reduce anticipos futuros, mejorando la liquidez.
Contexto macro y demanda potencial del régimen
El RIMI aparece en un escenario donde el sector agropecuario registra resultados productivos favorables y donde la presión tributaria sobre las empresas puede crecer con tipos de cambio estables y menor inflación. Por eso el incentivo fiscal opera como un regulador: adelantar deducciones y liberar crédito fiscal puede moderar la carga en periodos de alta rentabilidad. Al mismo tiempo, la existencia de un cupo para la devolución de IVA introduce un componente de competencia por recursos públicos que obliga a priorizar inversiones estratégicas.
Las señales regulatorias —desde la inclusión de ítems específicos del agro hasta los plazos y topes— buscan equilibrar objetivos: impulsar modernización productiva sin desbordar el presupuesto fiscal. Para las pymes agropecuarias, aprovechar el RIMI exige combinar evaluación técnica, viabilidad económica y asesoramiento tributario para que la herramienta fiscal complemente, y no determine, la decisión de inversión.
Empresas y asesores fiscales del sector recomiendan comenzar la planificación con tiempo: validar el catálogo de inversiones elegibles, simular el impacto en el impuesto a las ganancias y en los anticipos, y calendarizar la puesta en marcha antes del cierre de la ventana del régimen. Quienes ya tenían proyectos productivos en carpeta pueden encontrar en el RIMI un instrumento que mejora la relación costo-beneficio; quienes consideren adelantar inversiones deben hacerlo sobre la base de cálculos de rentabilidad real y restricciones financieras.


