Autoridades aprueban nuevo marco regulatorio para investigación y uso de microorganismos genéticamente modificados

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (SAGYP) publicó en el Boletín Oficial la Resolución 96/2026, que plantea una actualización del marco regulatorio para la biotecnología agropecuaria. Esta norma busca adaptar los procedimientos a los últimos avances científicos y tecnológicos en el uso de microorganismos modificados.

La resolución establece un nuevo esquema de procedimientos para actividades vinculadas a Microorganismos Genéticamente Modificados (MGM), tanto vivos como inertes. La medida alcanza aplicaciones en los ámbitos agrícola, pecuario, acuícola, forestal, agroalimentario y agroindustrial.

NUEVAS PAUTAS PARA MICROORGANISMOS TRANSGÉNICOS

El Gobierno explica que la actualización responde a la necesidad de unificar y derogar normas previas para otorgar mayor previsibilidad y transparencia a los desarrolladores. En este sentido, la norma pretende facilitar la transferencia tecnológica al sector productivo sin sacrificar criterios técnicos.

  • Liberación experimental: autorización para ensayos en condiciones controladas con MGM viables. Se establecen protocolos específicos para gestionar contención y documentar medidas de mitigación.
  • Evaluación de bioseguridad: requisito previo e indispensable para quienes busquen la autorización comercial de un MGM. La evaluación exige evidencia científica que sostenga hipótesis de riesgo y medidas de mitigación.
  • Determinación de ausencia de viabilidad: procedimientos para verificar que no existan MGM viables en productos derivados. Este trámite es clave para permitir la circulación segura de insumos y productos agroindustriales.

La norma excluye explícitamente las actividades confinadas en laboratorios de investigación, el uso de MGM en cámaras de cría de especies vegetales y las aplicaciones en animales de laboratorio en bioterios. Esas exclusiones delimitan el alcance de la regulación hacia actividades con potencial de liberación ambiental.

Uno de los puntos más relevantes para el sector es la fijación de un plazo máximo de 90 días hábiles administrativos para que la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria, Conabia, emita su evaluación final. Ese cómputo podrá suspenderse si se requiere información adicional o si la propuesta sufre modificaciones sustanciales.

Las evaluaciones se realizarán bajo el criterio de “caso por caso”, fundamentadas en hipótesis de riesgo y en el peso de la evidencia científica disponible. Ese enfoque técnico busca evitar soluciones generales que no consideren particularidades biológicas y contextuales.

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La resolución exige además que los ensayos con animales de uso agropecuario respeten estrictamente las normas de bienestar animal y que los ejemplares estén identificados desde el inicio. La trazabilidad y el cumplimiento de prácticas sanitarias son condiciones para autorizar pruebas en campo.

Impacto para productores, empresas y ciencia

Para empresas desarrolladoras y centros de investigación, la actualización aspira a dar mayor previsibilidad y a facilitar el traslado de innovaciones al mercado. La derogación de las Resoluciones Nros. 5/18 y 52/19 busca unificar criterios y reducir la incertidumbre normativa.

Un ritmo más claro en los trámites puede acelerar ensayos de campo y atraer inversión en biotecnología agropecuaria, aunque la posibilidad de suspensión por pedidos de información puede extender plazos en casos complejos. El equilibrio entre agilidad y escrutinio técnico definirá la recepción del sector ante la nueva regulación.

Productores, consultores y empresas deberán revisar sus protocolos y adaptar los expedientes a los requisitos de la nueva norma para no sufrir demoras administrativas. La implementación práctica dependerrá de las guías que publique la SAGYP y de la operativa que establezca la Conabia en los próximos meses.

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