sábado 8 febrero 2025

Entidades agropecuarias e industriales le piden a la Corte Suprema que avale el capítulo laboral del DNU

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa ( CAME ), la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO) se presentaron ante la Corte Suprema para expresar su respaldo al capítulo que impone una reforma en las indemnizaciones laborales en el marco del DNU 70/2023 que dictó el gobierno de Javier Milei .

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La Confederación Argentina de la Mediana Empresa ( CAME ), la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO) se presentaron ante la Corte Suprema para expresar su respaldo al capítulo que impone una reforma en las indemnizaciones laborales en el marco del DNU 70/2023 que dictó el gobierno de Javier Milei .

Lo hicieron a través de una declaración de “amicus curiae” presentada en las últimas horas ante el máximo tribunal de la Nación. “A partir de la declaración de inconstitucionalidad del Título IV (artículos 53 a 97) del DNU por parte de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, y encontrándose en estudio por parte de la CSJN, las tres entidades empresarias expresan la necesidad de derogar todos los artículos que contemplan multas económicas y que son los principales generadores de la litigiosidad laboral”, indicaron en un comunicado de prensa al que accedió NA.

Para las entidades, la normativa vigente en cuánto a las penalidades en los despidos “dificultan la generación de empleo genuino, al enfrentar a las pymes con la contingencia de afrontar una erogación que el propio negocio es incapaz de generar”.
“Las multas económicas provocan una afectación económica de enorme relevancia, comprometiendo seria, injusta y desproporcionadamente a las empresas y a la sociedad en su conjunto”, señalaron las tres entidades. En esa línea, enfatizaron que “el peor error de política legislativa en materia social y económica de la historia del derecho del trabajo en la Argentina, en tanto disuadieron a los empleadores de contratar de un modo muy trascendente”.

“La opinión y la colaboración manifestadas por SRA, CAME y CONINAGRO es únicamente relativa a la parte del derecho individual del trabajo, excluyendo de forma expresa toda vinculación con el Derecho Colectivo del Trabajo”, aclararon las entidades.

 

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