La quiebra judicial de Sancor marca el colapso de un histórico emblema del agro argentino

La justicia santafesina resolvió este miércoles la quiebra de Sancor Cooperativas Unidas Limitada, marcando el final de una trayectoria de casi nueve décadas que convirtió a la firma en un pilar de la industria láctea argentina. La decisión judicial se produce tras meses de intentos fallidos por renegociar pasivos y sostener la actividad productiva, y abre una etapa centrada en la venta de activos y la protección del valor remanente de la empresa.

Esta noticia tiene alcance económico y simbólico: Sancor no solo fue una de las mayores procesadoras de leche del país, sino que su red de plantas y cooperativistas integró durante décadas la cadena productiva del interior argentino. La quiebra afectará a trabajadores, proveedores y a la dinámica regional donde operan sus plantas. A continuación, un resumen de los puntos centrales del fallo y de lo que viene en el proceso concursal.

Resumen clave: el juez de Rafaela declaró la quiebra el 22 de abril de 2026; el Consejo de Administración había informado el 10 de abril que no podía presentar una propuesta de acuerdo; la cooperativa acumula pasivos en pesos y más de 86 millones de dólares con acreedores internacionales y organismos fiscales; la Justicia autorizó la continuidad temporal de algunas plantas y dispuso la puesta a la venta de activos y la custodia de la marca.

POR QUÉ QUIEBRA SANCOR

La sentencia parte de la constatación formal del propio órgano directivo de Sancor, que comunicó al juzgado su imposibilidad de formular una propuesta de reestructuración frente al tamaño de la deuda. Esa declaración fue el punto de inflexión que llevó al juez a considerar la procedencia de la quiebra, tras un concurso preventivo que se abrió el año anterior.

La situación no se explicó solo por la coyuntura reciente: en las últimas dos décadas la cooperativa sufrió decisiones financieras desacertadas y episodios de intervención política que complicaron su viabilidad. Ya en 2006 existieron gestiones de compra por parte de actores privados —que no prosperaron— y una operatoria de exportación de leche en polvo vinculada a acuerdos con Venezuela que nunca llegaron a compensar los compromisos asumidos, lo que agravó el pasivo.

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Los elementos financieros citados en la resolución son contundentes:

– Deuda masiva: el pasivo verificado incluye miles de millones de pesos y más de 86 millones de dólares adeudados a fondos internacionales y a organismos fiscales, entre ellos ARCA (antes AFIP).
– Pérdidas operativas sostenidas: luego del concurso, la deuda continuó creciendo a un ritmo que el expediente cuantificó en torno a 3.000 millones de pesos por mes.
– Capacidad ociosa: las plantas industriales operan muy por debajo de su potencial. La central de Sunchales, la mayor del grupo, funciona con menos del 10% de su capacidad, procesando apenas decenas de miles de litros diarios.
– Obligaciones laborales y sociales impagas: la cooperativa mantiene atrasos salariales superiores a cinco meses para sus cerca de 914 empleados activos, además de deudas con obras sociales y con organizaciones gremiales.

Frente a este escenario, la posibilidad de una intervención que implicara la transferencia de participaciones a terceros —un “salvataje” o mecanismo similar al empleado en casos sensibles de la agroindustria— quedó descartada. La forma jurídica de cooperativa limita la cesión de cuotas sociales y, según los peritos y la sindicatura, no existía un volumen de activos “salvables” que justificara prolongar las negociaciones.

En el fallo se detallan las fallas estructurales y de gestión que llevaron al colapso financiero y se subraya la imposibilidad de recomponer la operatoria sin una reconfiguración profunda que, en el marco legal vigente, no resultó factible.

¿QUÉ PASARÁ AHORA CON LOS ACTIVOS Y LA MARCA SANCOR?

El juez decidió declarar la quiebra, pero al mismo tiempo habilitó la continuidad transitoria de la explotación de las plantas que aún pueden producir, con el fin de preservar empleos y mantener en condiciones los bienes —lo que suele maximizar el valor de venta futuro. Esa actividad temporal se realizará mayormente mediante contratos de “fazón”, esto es, procesamiento contratado para terceros.

Entre las medidas concretas ordenadas por la magistratura y la sindicatura figuran:

– Procedimiento de venta en marcha: se dará inicio a un proceso licitatorio para la enajenación de las plantas, que podrá ofrecerse en bloque o por unidades individuales. El pliego fijará un precio base en dólares para las ofertas.
– Toma de posesión por la sindicatura: los administradores concursales deben asegurar todos los bienes, la documentación contable y los dispositivos electrónicos vinculados a la cooperativa.
– Venta de inmuebles no productivos: se programarán remates o ventas directas de propiedades ajenas a la cadena láctea —como pisos de oficinas, cocheras, terrenos y viviendas distribuidos en distintas jurisdicciones— para generar liquidez inmediata.
– Custodia de la marca Sancor: la identificación comercial de la cooperativa se considera un activo de alto valor. Quedará bajo resguardo judicial y no podrá ser cedida ni gravada hasta su disposición definitiva en el proceso de venta.

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La Justicia fijó un plazo para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos ante la sindicatura: tienen hasta el 29 de mayo para formalizar su reclamo y acompañar la documentación que respalde sus acreencias.

En términos prácticos, el objetivo declarado de estas medidas es preservar la operativa de la empresa en la medida de lo posible, evitar el deterioro de maquinaria e instalaciones, y preparar a los activos para su posterior venta con el fin de satisfacer, aunque sea parcialmente, a los acreedores.

LA QUIEBRA DE SANCOR: EL FALLO COMPLETO

El texto íntegro de la resolución está incorporado al expediente judicial correspondiente del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rafaela. Para quienes deseen consultarlo, la vía habitual es acceder al sistema de expedientes electrónicos del fuero o solicitar copia en forma presencial en el despacho judicial, respetando los plazos y formalidades procesales.

El fallo incluye la fundamentación legal, el inventario preliminar de bienes y la nómina de medidas cautelares y de administración a cargo de la sindicatura. En los próximos días se esperan la publicación de los pliegos para la venta de las plantas y la convocatoria formal para interesados inver-sionistas o empresas del sector lácteo.

Seguiremos cubriendo las novedades del proceso —ofertas, adjudicaciones y el impacto en la economía regional y en el mercado lácteo— a medida que avance la etapa judicial y administrativa.

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