La Justicia Federal con asiento en San Martín hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), la Asociación del Personal del INTA (Apinta), agrupaciones de la agricultura familiar y productores, y ordenó suspender la ejecución de la Resolución 27/2026 del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA). La decisión, dictada por el juez federal subrogante Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, impide que el organismo lleve adelante actos administrativos vinculados al cierre de la Estación Experimental Agropecuaria Área Metropolitana de Buenos Aires (EEA AMBA) y sus nueve agencias de extensión por un plazo de seis meses.
La cautelar alcanza no solo al cierre formal de la experimental y de las agencias de extensión sino también a eventuales movimientos de personal, pases a disponibilidad, desvinculaciones, traslados de equipamiento, reasignación de edificios, interrupción de ensayos y capacitaciones, y procesos de venta o subasta de inmuebles relacionados con la unidad.
La decisión judicial y su alcance
El 27 de marzo el Consejo Directivo del INTA había aprobado la Resolución 27/2026 en el marco de un plan de reorganización institucional con el objetivo declarado de reducir estructuras y concentrar funciones. Según el texto administrativo, las actividades de investigación y extensión de la EEA AMBA serían absorbidas por otras unidades del instituto, y la Dirección Nacional quedaría facultada para adoptar las medidas necesarias para su ejecución, incluida la reasignación de personal, equipamiento, infraestructura y recursos presupuestarios.
Los gremios y organizaciones que promovieron la acción judicial sostuvieron que la resolución carecía de motivación suficiente y resultaba “manifiestamente arbitraria e ilegítima”, al afectar derechos vinculados al trabajo, a la agricultura familiar y al acceso a la ciencia y la tecnología. En su demanda advirtieron además sobre el riesgo de interrupción de programas de investigación y extensión y sobre el impacto en redes territoriales construidas durante años con gobiernos locales, universidades, organizaciones sociales e investigadores.
Al analizar el pedido cautelar el juez Portocarrero Tezanos Pinto consideró acreditados los requisitos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora —las dos condiciones habituales para otorgar una medida de no innovar— y sostuvo que la suspensión provisoria de la resolución busca preservar estructuras y funciones públicas vinculadas a la investigación científica, la transferencia tecnológica y la asistencia técnica a productores. En ese sentido señaló que “el interés público no se identifica necesariamente con la inmediata ejecutoriedad de los actos administrativos, sino también con la preservación de la legalidad, el respeto de la Constitución Nacional y la tutela judicial efectiva de los derechos fundamentales”.
Entre los fundamentos del fallo el magistrado destacó las consecuencias laborales derivadas de la supresión de la experimental: entendió que cualquier disposición administrativa que altere o desnaturalice garantías convencionales laborales constituye una afectación directa al principio de irrenunciabilidad de derechos. Señaló, además, que la decisión del INTA vulneraría de manera preliminar derechos laborales y sindicales protegidos por convenios internacionales y que la ejecución inmediata del cierre podría generar daños difíciles de revertir, como la desarticulación de equipos técnicos, la interrupción de programas de investigación y transferencia tecnológica, y la pérdida de redes institucionales y vínculos con productores.
Implicancias legales y administrativas
La medida cautelar dictada por el juzgado tiene efectos inmediatos sobre la implementación práctica de la Resolución 27/2026: suspende cualquier acto tendiente a la desactivación de la EEA AMBA y de sus dependencias, y comprende incluso la enajenación de inmuebles. En la demanda se había planteado que algunos predios podrían ser transferidos o vendidos a través de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE); si bien el juez no analizó ese punto de modo separado, entendió que la cautelar cubre la suspensión de ventas o subastas de propiedades ocupadas por la experimental.
Desde la perspectiva administrativa, la resolución judicial obliga al INTA a mantener el status quo operativo y laboral mientras se desarrolla el proceso de fondo. La legalidad o nulidad definitiva de la Resolución 27/2026 quedará resuelta en un momento posterior, una vez producida la prueba y agotada la instancia contenciosa. En ese trámite podrán intervenir peritajes técnicos, testimonios de investigadores y funcionarios, y aportes de las partes sobre el impacto de la medida en programas y en la comunidad de productores de la región metropolitana.
Reacciones y efectos en territorios y programas
Los gremios habían señalado que la EEA AMBA durante más de quince años desarrolló tareas de investigación, asistencia técnica y transferencia tecnológica para productores familiares del conurbano bonaerense y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para sectores de la agricultura familiar urbana y periurbana, las estaciones experimentales del INTA operan como nodos de apoyo técnico y de articulación con municipios, ferias, organizaciones sociales y redes de comercialización de pequeña escala. La suspensión impuesta por la Justicia preserva, en lo inmediato, esa cadena de trabajo territorial que, según sus actores, corría riesgo de dispersión.
Fuentes institucionales del INTA —que en comunicados anteriores a la resolución señalaron la necesidad de “optimizar” recursos— habían defendido la reorganización alegando que las tareas se integrarían en otras unidades. No obstante, las críticas apuntaron a la falta de diálogo con las comunidades afectadas y a la posibilidad de que la absorción de funciones implicara pérdida de específica capacidad de trabajo en contextos urbanos y periurbanos, donde la agricultura familiar enfrenta desafíos particulares, como acceso a tierra, financiamiento y mercados.
La cautelar también provoca un efecto político e institucional: devuelve a la esfera pública el debate sobre prioridades en ciencia y tecnología vinculada al sector agropecuario, al tiempo que pone en tensión decisiones de gestión con garantías laborales y con el interés público en la continuidad de servicios y programas de extensión. Para productores y organizaciones sociales la medida representa una herramienta para sostener actividades de asistencia técnica y proyectos de pequeña escala que aportan a la seguridad alimentaria local y a modelos productivos sustentables.
Próximos pasos procesales y administrativos
La resolución del juez subrogante aclara que la disputa sobre la validez de la Resolución 27/2026 continuará en sede judicial. En la etapa de instrucción y prueba, las partes podrán aportar documentación, informes técnicos y celebrar audiencias para sustentar sus posiciones. El INTA, por su parte, podría apelar la medida cautelar ante la Cámara Federal competente, y las organizaciones demandantes podrán sostener su postura en la prueba.
En términos administrativos, mientras la cautelar esté vigente la dirección del INTA deberá abstenerse de ejecutar actos vinculados al cierre, la reasignación de personal o la disposición de bienes. El desarrollo de soluciones alternativas —como procesos de consulta, planes de reubicación concertada o la definición de protocolos para la transferencia de actividades— dependerá tanto de las negociaciones entre sindicato y organismo como de lo que determine el proceso judicial.
La decisión judicial exhibe la relevancia que tienen las estaciones experimentales en la estructura de investigación y extensión del país y plantea interrogantes sobre cómo se diseñan y comunican reordenamientos institucionales que afectan personal y programas con impacto territorial. La cautelar plantea, además, un plazo procesal en el que actores públicos y privados deberán definir estrategias que garanticen tanto la protección de derechos laborales como la continuidad de servicios de asistencia técnica y transferencia tecnológica para la agricultura familiar en el Área Metropolitana de Buenos Aires.


