La Justicia suspendió pliego y cronograma de venta de SanCor por planteo de Gustavo Scaglione

La Cámara de Apelaciones de Rafaela hizo lugar a un recurso de la firma del empresario, consideró que tenía derecho a una apelación y cuestionó el rechazo a un escrito del peticionante

La venta de activos de la láctea SaCo queda en pausa tras admitir la apelación de Fidulac SA

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela (Santa Fe) admitió un recurso presentado por Fidulac SA y habilitó la apelación contra la resolución judicial que aprobó el pliego de venta de activos de la cooperativa láctea SaCo. Esta decisión tiene efecto suspensivo y por ahora frena la licitación de las plantas y marcas hasta que la Cámara se pronuncie sobre el fondo del planteo.

El juez Marcelo Gelcich había aprobado el 11 de junio el pliego de la licitación, fijando los valores base de los siete lotes y el cronograma para la venta, y con esa medida se buscaba ordenar la enajenación tras la apertura del concurso. La apelación presentada por Fidulac SA cuestionó el mecanismo elegido para llevar adelante la venta, lo que abrió la vía para que la Cámara revise la decisión inicial.

Fidulac SA promovió el recurso el 19 de junio y el juez rechazó inicialmente el planteo el 26 de junio al considerar que el escrito “existía” y que la firma de la presentación había sido realizada por vía electrónica a través de la plataforma DocuSign. Tras ese rechazo, la apelación fue admitida por la Cámara mediante un recurso de queja y ahora es ese tribunal el encargado de dirimir.

Por qué la resolución es relevante

La aprobación del pliego y los valores base define cómo se venderán las plantas y las marcas de SaCo, lo que puede condicionar la preservación de la continuidad operativa y el valor económico del conjunto. En términos prácticos, una venta fragmentada o con bases de valuación cuestionadas puede afectar empleados, proveedores y la actividad económica local vinculada a la industria láctea.

Por ese motivo los camaristas entendieron que la decisión judicial que autorizó la licitación tiene una trascendencia importante y, por ende, corresponde que la apelación tenga efecto suspensivo hasta que se resuelva el fondo del planteo. La medida no prejuzga sobre la legalidad del pliego sino que busca evitar consecuencias que luego puedan ser difíciles de revertir.

Los ejes del reclamo y la respuesta judicial

En su presentación, Fidulac cuestionó que la venta por lotes perjudica la unidad económica de la empresa y afirmó que no hubo una tasación integral que permita comparar un precio por el conjunto frente a ventas por separado. Además, denunció que los oferentes no pudieron acceder libremente a todas las tasaciones porque parte de la información estaba en un Data Room pago y criticó la rebaja del 20 % aplicada al valor de la planta de Suchales luego de un incendio del 7 de julio, sin un soporte técnico adecuado.

Los magistrados que integran la Sala II respondieron que la firma electrónica está reconocida por la ley y que, salvo prueba contundente de falsedad, debe presumirse válida; añadieron además que el escrito exhibía otras firmas consideradas procedimentales. También señalaron que el juzgado incurrió en un supuesto exceso formal al declarar inexistente un acto que, según el expediente, había sido formalizado por vía digital y por la representación legal de la parte afectada.

Qué decidirá la Cámara y posibles efectos

La Cámara deberá resolver si el pliego, los valores base y el cronograma de venta fueron aprobados correctamente o si, por el contrario, existen vicios que obligan a modificar o anular lo actuado antes de permitir la comercialización de los activos. Mientras tanto la licitación permanece suspendida y las eventuales ofertas no podrán ejecutarse hasta que haya una definición de fondo.

El retraso en la venta puede complicar la preservación de la continuidad operativa de SaCo, enfriar el interés de potenciales compradores y generar incertidumbre para trabajadores y proveedores, pero también abre la posibilidad de corregir errores formales o de procedimiento que, de mantenerse, podrían provocar litigios posteriores. En este contexto, la resolución de la Cámara será clave para determinar si la operatoria sigue adelante tal como fue concebida o si requiere ajustes procesales y económicos.

Contexto del sector y cierre

La industria láctea en Santa Fe y la región es un eslabón relevante de la cadena agroindustrial, por lo que la venta de plantas y marcas de una cooperativa puede tener impacto local en empleo y demanda de insumos. La atención ahora se centra en los tiempos procesales y en la decisión de la Cámara, que definirá si se mantienen las bases acordadas o si se reabre la negociación con nuevos parámetros.

Mientras el proceso judicial avanza, empleados, comunidades y actores del sector esperan una resolución que privilegie la transparencia y la viabilidad operativa de las unidades productivas afectadas. La próxima instancia judicial será determinante para el futuro de los activos y la dinámica económica vinculada a SaCo.

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