Corte Suprema falla sobre Ley de Tierras y restablece límites a compras por extranjeros

El Tribunal aceptó un amparo solicitado por la Asociación Civil Árbol de Pie. Esta vez tomó como parámetro que esta entidad considera que hay un riesgo ambiental y por eso corresponde suspender el artículo cuestionado del DNU.

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La Corte Suprema de Justicia suspendió este viernes la aplicación del artículo 154 del DNU 70/2023, que eliminaba límites para la compra de tierras por parte de extranjeros. Esta medida detiene de manera provisoria el cambio normativo hasta que se resuelva el fondo del conflicto constitucional.

El artículo en cuestión derogaba restricciones establecidas por la Ley de Tierras Rurales y habilitaba mayores posibilidades de adquisición de hectáreas por personas extranjeras. La suspensión devuelve, por ahora, el régimen previo mientras se define si el DNU es constitucional.

La acción judicial fue promovida por una ONG ambientalista que sostuvo que el cambio legal pone en riesgo la seguridad ambiental y la sustentabilidad de recursos naturales. El máximo tribunal hizo lugar a la solicitud de medida cautelar hasta tanto se analice el fondo del planteo.

La decisión se produce a solo 9 días de una polémica anterior, en la que la Corte había dejado sin efecto una resolución que suspendía el mismo DNU por motivos de formalidad judicial. Ese episodio dejó al descubierto la incertidumbre sobre quién controla y delimita las ventas de tierra a extranjeros.

La noticia importa porque introduce una alta incertidumbre jurídica en el mercado de tierras, justo cuando la inversión en actividades agropecuarias exige seguridad para contratos y financiamiento. Operadores, bancos y potenciales compradores revisarán operaciones en curso ante la posibilidad de cambios retroactivos.

Además, la medida tiene impacto directo sobre productores, comunidades rurales y empresas agroindustriales que dependen de reglas estables para planificar inversiones y rotaciones de cultivos. El freno judicial también reaviva el debate público entre apertura a la inversión extranjera y protección del territorio y recursos.

Qué significa para el mercado de tierras

En lo inmediato, la suspensión de la aplicación del artículo 154 mantiene vigentes los límites previstos por la Ley de Tierras Rurales hasta que la Corte resuelva el fondo del asunto. Eso implica que no podrán concretarse transferencias basadas en la nueva interpretación habilitada por el DNU mientras dure la medida cautelar.

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El efecto práctico es una ralentización de operaciones inmobiliarias rurales y una mayor cautela de entidades financieras ante la puesta de garantías sobre predios. También obliga a asesores legales y agencias inmobiliarias a revisar contratos y cláusulas de condición suspensiva relacionadas con la validez del título.

Implicancias ambientales y productivas

La ONG que impulsó la cautelar argumentó que la eliminación de límites podría facilitar procesos de concentración de tierra, afectación de humedales y presión sobre acuíferos. La Corte, al aceptar la medida, reconoció la necesidad de evaluar riesgos ambientales antes de permitir cambios normativos de tal alcance.

Para el sector productivo, la restricción temporal puede ser ambivalente: protege a pequeños y medianos productores frente a posibles operaciones concentradas, pero también puede frenar inversiones que modernicen procesos y aporten capital. La tensión entre protección territorial e incentivo a la inversión vuelve a la agenda pública y legislativa.

En términos legales, el caso avanzará hacia el análisis de fondo que deberá determinar la constitucionalidad del DNU 70/2023 y, en particular, del artículo suspendido. Mientras tanto, las partes pueden recurrir a instancias administrativas, políticas o legislativas para intentar una solución más definitiva.

Instrumentos como la negociación en el Congreso, ajustes regulatorios del Poder Ejecutivo o sentencias definitivas del Poder Judicial son caminos posibles, pero ninguno ofrece certeza inmediata. Los actores rurales deberán monitorear los plazos procesales y las señales políticas para anticipar escenarios.

La resolución de la Corte subraya que los cambios en el régimen de acceso a la tierra no son solo un asunto de mercado, sino de interés público y ambiental. En un país con un fuerte componente agroexportador, la decisión tendrá efectos en la planificación productiva, la seguridad jurídica y la percepción internacional sobre el clima de negocios.

Para productores, comunidades y empresas, la recomendación práctica es actuar con prudencia: revisar operaciones en marcha, consultar asesoría legal y considerar cláusulas contractuales que contemplen la continuidad normativa. Mantener diálogo con bancos, compradores y actores locales será clave mientras se espera la resolución final.

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