Senasa lanzó el Sistema Integrado de Gestión de Trazabilidad de Productos Veterinarios (Sigtrazavet) mediante la Resolución 654/2026 publicada en el Boletín Oficial. Esta plataforma digital comienza a operar para registrar, seguir y controlar fármacos y principios activos destinados a animales en todo el país.
La medida responde a la necesidad de fortalecer la trazabilidad en una Argentina exportadora de alimentos que enfrenta exigencias crecientes de los mercados internacionales. Contar con información certificada sobre el origen y uso de insumos veterinarios juega un papel clave en la competitividad de las cadenas agroalimentarias.
LOS OBJETIVOS DEL NUEVO SISTEMA DE SENASA
El objetivo central del Sigtrazavet es reemplazar y modernizar sistemas previos para aprovechar tecnologías que mejoren la fiscalización y la gestión de riesgos. En la práctica, el organismo habilitó un régimen transitorio a través de SIGTrámites hasta completar la funcionalidad plena del sistema.
Entre las funciones destacadas figura el monitoreo en tiempo real de principios activos y productos formulados a lo largo de la cadena de producción y distribución. El sistema incorpora además herramientas de georreferenciación para identificar depósitos y lugares de almacenamiento.
Otra función clave es el control de stock que integra la Receta Veterinaria Electrónica (RVE) para que cada prescripción actúe como un evento que descuente automáticamente existencias. La plataforma promueve la transparencia mediante autogestión con Clave Fiscal a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
¿A QUIÉNES ALCANZA EL NUEVO SISTEMA DE SENASA?
La resolución establece cumplimiento obligatorio en toda la República Argentina para todas las personas humanas o jurídicas involucradas en la cadena de la sanidad animal. Esto abarca desde la importación del principio activo hasta la administración final del producto en el animal.
- Importadores, exportadores y sintetizadores de principios activos.
- Elaboradores, fraccionadores y distribuidores de productos veterinarios.
- Profesionales veterinarios, únicos habilitados para emitir recetas electrónicas.
- Productores agropecuarios inscriptos en el RENSPA y responsables de animales de compañía.
Al incluir a todos los eslabones, el sistema busca trazar la vida útil del fármaco desde su ingreso al país hasta su utilización final. Esto reduce espacios para el comercio informal y mejora el control sanitario y ambiental.
RECETA VETERINARIA ELECTRÓNICA
La RVE se convierte en la herramienta obligatoria para la prescripción y adquisición de medicamentos en animales productores de alimentos, équidos y animales de compañía. Su uso permite enlazar prescripción, stock y trazabilidad de manera digitalizada.
La normativa define distintos usos y validez de la receta según la finalidad: abastecimiento de establecimientos agropecuarios con validez de 45 días, y adquisición y tratamiento simultáneo para producción con validez de 30 días. Además, las recetas para mascotas deben consignar datos del titular y del animal y tienen una validez de 30 días.
Para el tratamiento en animales de producción y équidos, la RVE también respalda el uso de fármacos ya adquiridos, evitando vacíos documentales. Un requisito puntual es que los équidos tratados con productos alcanzados por el sistema deberán contar con identificación individual mediante microchip.
La resolución detalla cuatro tipos específicos de recetas según su finalidad y exige que el receptor confirme la recepción de los movimientos en el sistema. Si no se confirma en 20 días, los movimientos serán bloqueados automáticamente para preservar la integridad de la trazabilidad.
PLAZOS, SANCIONES Y VIGENCIA
Los operadores deberán declarar movimientos en plazos estrictos: importaciones y elaboraciones dentro de 96 horas, mientras que la distribución y comercialización deben reportarse en tiempo real. Estos plazos buscan acortar la ventana de opacidad y mejorar la respuesta inspectiva del organismo.
El Senasa advierte que el incumplimiento, la omisión o el falseamiento de datos serán considerados faltas graves con consecuencias administrativas, civiles o penales. Las sanciones se aplicarán conforme a la normativa vigente, incluyendo la Ley N° 27.233, que regula responsabilidades vinculadas a la sanidad y seguridad agroalimentaria.
Para el sector agroindustrial, la adopción del Sigtrazavet implica una adaptación operativa y tecnológica que comenzará con el régimen transitorio. A mediano plazo, la expectativa del Estado es mejorar la confianza de mercados y consumidores mediante información verificable y oportuna.
La resolución completa está disponible en el Boletín Oficial y el Senasa publicó instructivos para la inscripción y uso de las herramientas digitales. Los productores y profesionales deberán actualizar sus procesos para alinearse con los nuevos requisitos y evitar sanciones.



